El Senado convirtió en ley los cambios en el régimen del Monotributo y Bienes.
La Cámara de Senadores convirtió este jueves en ley un proyecto que crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que permitirá que los monotributistas no deban afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.
En el mismo debate, el Senado sancionó de manera definitiva un expediente que reforma los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales con el fin de fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional. Ambos proyectos fueron aprobados por unanimidad y convertidos en ley.
El alivio fiscal a monotributistas establece una amplia moratoria que impacta a los caídos del sistema en los últimos 3 años, modifica las escalas para aliviar la situación fiscal y corre a junio la fecha del cambio de la alícuota para eliminar las deudas generadas.
El proyecto plantea el sostenimiento de los valores mensuales de las cuotas a ingresar: el valor de las cuotas de enero a junio de 2021 será el vigente a diciembre de 2020. La actualización de la cuota regirá a partir de julio de 2021.
Además, establece un esquema progresivo de actualización de escalas, duplicando para las categorías más bajas el incremento del 35% de este año (el aumento de la categoría A es del 77% respecto de diciembre 2020). Se fijan a partir del 1 de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales que complementan el régimen vigente desde enero de 2021, sin aumentar el valor mensual de la categoría (“cuota mensual”) del Monotributo.
También instaura un programa específico de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, consistente en complementar, con un mecanismo simple, el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. Este nuevo esquema permitirá que los contribuyentes se puedan mantener en el monotributo a pesar de haberse excedido en la facturación.
Asimismo, los monotributistas de las categorías más altas (de la E a la K) deberán pagar una cuota especial “por única vez” para poder mantenerse en el régimen.
El proyecto aclara que en caso de no acceder a los beneficios los contribuyentes se considerarán excluidos del régimen desde las 0 horas del día en que se haya excedido el límite superior de ingresos brutos de la máxima categoría que correspondió a la actividad.
Por último, establece un régimen de regularización para deudas de monotributistas que permita a las y los contribuyentes adheridos al régimen regularizar su situación fiscal, permitiéndoles generar un esquema de previsibilidad económica y financiera.
El nuevo régimen condonará intereses y multas y permitirá cancelar la deuda en hasta 60 cuotas mensuales y con un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.

